¿SEGURO QUE NO TIENE QUE PRESENTAR SU DECLARACIÓN?

Nuestros días de holganza por las pascuas y semana santa ya terminaron, por lo que la mayoría de nosotros hemos regresado a nuestras actividades y retomado nuestros pendientes… y hablando de pendientes: ¿Está usted totalmente seguro que no tiene que presentar la declaración anual del ejercicio 2016?

Le pregunto, porque ya estamos cerca de la fecha límite y si usted está obligado y no presenta su declaración anual, puede hacerse acreedor a multas que oscilan desde los $ 1,240.00 hasta los $ 25,300.00 según sea su situación, sin olvidar que, si tiene ISR a cargo, deberá pagarlo junto con sus accesorios (actualizaciones y recargos) y por si esto no fuera poco, al ser usted deudor del fisco, el SAT se encargar de manchar su historial crediticio.

Al ser asalariado, posiblemente piense que los que deben preocuparse son los microempresarios y freelancers, no obstante, si su usted es asalario y percibió:

  • Ingresos por jubilación,
  • Recibió su pensión,
  • Lo liquidaron,
  • Lo indemnizaron, o
  • Tiene más de dos empleos.

«USTED ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL»

También está obligado a presentarla, si usted es el afortunado ganador de un premio superior a $ 600,000.00 o alguien le hizo el favor de presentarle una cantidad similar de dinero.

  • Obvio, si usted expide…
  • Recibos de honorarios,
  • Recibos de arrendamiento,
  • Recibió dividendos,
  • Es comisionista, o
  • Realiza cualquier actividad empresarial,

Por si aun tenía la duda, usted tiene que cumplir con esta obligación, así que, si está en alguno de estos supuestos, yo lo recomiendo que vaya familiarizándose con la página del SAT, créame… no se va tardar solo cinco minutos.

Bueno, después de arruinarles su día, les voy a darles una buena noticia, aún están a muy buen tiempo de presentar su declaración, pues al ser el 30 de abril día inhábil y cruzarse el día internacional al trabajo, tienen hasta el martes 2 de mayo para quitarse esta carga tributaria.

Leave A Reply