ARTISTAS MEXICANOS PAGAN IMPUESTOS CON ARTE: UN VISTAZO ÚNICO

Los Artistas y sus Obligaciones Fiscales

En México, los artistas plásticos tienen una manera única de cumplir con sus obligaciones fiscales: pueden pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria con obras de arte.

Pinturas, grabados y esculturas pueden ser presentados como parte del pago de sus impuestos, siempre que sean representativas de su trayectoria artística y similares a las piezas vendidas o creadas en los últimos tres años. Al hacerlo, no solo cumplen con sus obligaciones fiscales, sino que también enriquecen el patrimonio cultural del país.

 ¿Qué Son las Artes Plásticas?

Las artes plásticas abarcan una variedad de disciplinas que incluyen la creación de obras tridimensionales o bidimensionales mediante el uso de diversos materiales y técnicas. Estas disciplinas se caracterizan por la manipulación de materiales, la expresión creativa y la transmisión de ideas y emociones a través de obras visuales.

El Programa de Pago en Especie para Artistas Plásticos

El programa orientado a artistas plásticos permite que estos opten por el pago de impuestos mediante la entrega de obras de arte de su producción. Estas obras son distribuidas entre la federación, los estados y los municipios, y se exhiben en museos abiertos al público.

Principales requisitos.

  • Que el artista plástico cuente con su Registro Federal de Contribuyentes.
  • Que sus obras se comercialicen en México.
  • Que tenga impuestos a su cargo.
  • Que cuente con obras con las que pueda pagarle a la Hacienda Pública.

Bienes Aceptados

Se pueden entregar como pago en especie bienes muebles con valor artístico, histórico o arqueológico, así como pinturas, esculturas y piezas de cerámica. Estos bienes deben tener la calidad de patrimonio cultural de la nación según lo establecido en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos.

 Procedimiento de Valoración de las Obras

Antes de la entrega, las antigüedades y obras de arte deben ser valuadas por peritos autorizados por el SAT. El valor determinado por los peritos será el monto que se considerará como pago de impuestos.

 Procedimiento de Entrega

El contribuyente debe solicitar por escrito al SAT la autorización para pagar impuestos con antigüedades u obras de arte, presentando la documentación que acredite la propiedad de las piezas y el avalúo realizado por el perito autorizado. Una vez aprobada la solicitud, el contribuyente deberá entregar físicamente las piezas al SAT.

Aplicación al Pago de Impuestos

El monto determinado por el avalúo de las piezas entregadas se aplica directamente al pago de los impuestos adeudados. Una vez con la constancia de aceptación, el artista presenta su declaración anual de ISR o del periodo de IVA a través del buzón tributario, adjuntando la constancia de aceptación de la obra.

 Destino de las Obras

Las antigüedades y obras de arte recibidas por el SAT pasan a formar parte del patrimonio cultural del Estado mexicano. Estas piezas son resguardadas en museos, instituciones culturales o puestas a disposición de la sociedad.

Conclusión

Los artistas mexicanos tienen una manera única de contribuir al fisco: a través de su talento y creatividad. Esta forma de pago no solo les permite cumplir con sus responsabilidades tributarias, sino que también contribuye a la preservación y enriquecimiento del patrimonio cultural del país. ¡Una forma fascinante de fusionar arte e impuestos!

Fundamento Legal

Ley del Servicio de Administración Tributaria. (Extracto)

 Artículo 7o.A: El SAT puede recibir obras plásticas como pago de impuestos, registrarlas y distribuirlas entre la Federación, Estados y Municipios. Esta información se publica en la página del SAT.

 Artículo 7o.B: Un comité de expertos selecciona las obras aceptadas, asegurándose de que sean representativas de la obra del autor de los últimos tres años. Las obras rechazadas deben ser sustituidas o se tendrán que pagar los impuestos en efectivo. Las obras aceptadas se distribuyen entre las entidades y deben estar disponibles en pinacotecas públicas.

 Artículo 7o.C: Si un artista dona obras a un museo mexicano por un valor de al menos 500% de su impuesto sobre la renta del año anterior, queda exento de este impuesto por ese año y los dos siguientes.

 Artículo 7o.D: El comité se compone de ocho expertos en artes plásticas, con representantes del SAT y la Secretaría de Cultura sin derecho a voto. Los miembros tienen un mandato de cuatro años.

Resolución Miscelánea Fiscal (Extracto)

 Regla 11.1.10: Permite que el comité reevalúe las obras rechazadas para el pago de impuestos.

 Regla 11.1.11: Define las características que deben considerar los expertos al determinar si una obra es representativa del autor al presentar la declaración anual.

 

Enlaces:

Un resumen en video

Viste la página del SAT 

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