COBRO DE INCAPACIDADES POR PERMISO COVID

PERMISO COVID-Serviciosfyf

Ante el aumento de los contagios por coronavirus en México, el IMSS decidió poner en marcha el «Permiso Covid 3.0», con lo que se permite a la ciudadanía tramitar sus incapacidades a través de internet y sin necesidad de una prueba positiva de Covid-19.

El director general del Instituto, Maestro Zoé Robledo Aburto explicó que esta medida permite automatizar la gestión de las incapacidades temporales a los asegurados que utilicen la aplicación IMSS Digital y dar clic en Permiso COVID-19, así como al ingresar en el sitio web oficial del Seguro Social: http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso

Acto seguido, los interesados deberán agregar su CURP, su Código Postal y dar clic en Iniciar,

En tercer lugar, deben responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes, y subir el resultado de las pruebas de contagio expedidas por un laboratorio.

En cuarto lugar, hay que ingresar información complementaria como el teléfono, correo electrónico y la CLABE interbancaria.

Por último, el Maestro Robledo, aclaró que la duración de este permiso para quienes lo solicitan es por 7 días para derechohabientes con síntomas, y de 5 días para las personas asintomáticas que cuentan con prueba COVID positiva.

RESPECTO AL PAGO DE LAS INCAPACIDADES

Las personas derechohabientes pueden cobrar sus incapacidades a través de los servicios digitales que brinda el Instituto, recibiendo por medio de una transferencia electrónica la cantidad “sin acudir al banco”

Pasos para cobrar la incapacidad en línea:

El derechohabiente debe ingresar a: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal.

  • Luego iniciar sesión con los archivos de su Firma Electrónica Avanzada.
  • Posteriormente buscar la opción de datos de vigencia, y en el apartado de acciones debe seleccionar registrar cuenta CLABE.
  • Después el sistema solicitará información del nombre del banco, un correo electrónico, la CLABE interbancaria y un número de teléfono.
  • Cuando estén todos los campos llenos, se debe verificar que los datos sean correctos y firmar el acuse.

Una vez que se haya hecho el procedimiento, todas las incapacidades serán pagadas en la cuenta que registró el derechohabiente.

Mediante el Escritorio Virtual del IMSS, los derechohabientes podrán consultar el historial de sus incapacidades, y el estatus del pago de las mismas.

SOBRE LOS SUBSIDIOS POR SECUELAS

Tras el contagio de Covid, el asegurado puede sufrir de algunas secuelas respiratorias por las que puede tener derecho a una indemnización o pensión por parte del Instituto.

Para tramitarlas, el derechohabiente tendrá que acudir a su Unidad Medico Familiar, donde el Médico de Salud en el Trabajo evaluará el riesgo a que fue expuesto al presentarse a laborar durante la contingencia, por lo que pedirá al patrón razón sobre las actividades realizadas durante ese tiempo, además de información sobre el contacto que se tubo con compañeros enfermos dentro de la empresa.

Finalmente, al contar con toda la información, el Instituto emitirá un fallo sobre los subsidios a que se tiene derecho.

QR COVID CDMX

SISTEMA OBLIGATORIO DE IDENTIFICACIÓN DE CONTAGIOS EN ESPACIOS CERRADOS

 

Terminado el “buen fin”, sorprendentemente la epidemia de COVID-19 se está intensificando nuevamente en todo nuestro país, por lo que nuestro Gobierno capitalino emulando las acciones de lejano oriente, ha implantando el Sistema Obligatorio de Identificación de Contagios en Espacios Cerrados, cuyo objetivo en palabras de Eduardo Clark García, director de la Agencia Digital de Innovación Pública, es que la población pueda conocer si estuvo contacto con una persona contagiada de COVID.

En términos simples el Sistema de Identificación de Contagios, funciona de la siguiente manera.

Los negocios incluidos en este programa deberán ingresar al sitio medidassanitarias.cdmx.gob.mx e imprimir el código QR de su establecimiento, pegarlo en la entrada y solicitar a sus visitantes escaneen el código con su celular.

Así este sistema permitirá identificar a ciudadanos que estuvieron en contacto con otros contagiadas con COVID, notificar a estas personas vía SMS o mediante LOCATEL que estuvieron en el mismo lugar y a la misma hora con una persona contagiada, para se tomen las medidas necesarias y se corte la cadena de contagio en la capital del país.

Por lo que, a partir del lunes 23 de noviembre, los usuarios, clientes y visitantes de establecimientos cerrados en la CDMX deberán escanear dicho código QR con su celular antes de entrar.

“La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, aclaró que no se restringirá el acceso a los clientes que no escaneen el código, pero se recomienda hacerlo”

Es de observar que el INVEA realizará verificaciones y establecimiento que no cumpla con esta medida, será suspendido.

A la fecha de esta publicación, la Agencia Digital de Innovación Pública registró 152 personas contagiadas, por lo que dará seguimiento a 10 mil 429 personas que visitaron los establecimientos donde los casos positivos estuvieron presentes.

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29 DE AGOSTO, FECHA LÍMITE PARA EL REPARTO DE LAS UTILIDADES

Reparto de utilidades
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Estimados lectores, como ya deben saber, el pasado 22 de abril el Servicio de Administración Tributaría publico su comunicado de prensa 012/2020, mediante el cual amplía el plazo para la presentación de la  declaración anual de las personas físicas, plazo que concluye el próximo 30 de junio.

En concordancia a esta facilidad, las personas físicas que presenten su declaración anual hasta el último día de la ampliación y que además cuenten con personal a su cargo, deberán de efectuar el reparto de la P. T. U. del ejercicio fiscal 2019 a más tardar el 29 de agosto del 2020.

Comunicado de prensa: SAT extiende plazos.