¡Adiós a la versión 3.0 de la Carta Porte y bienvenidos a la 3.1!
La autoridad tributaria nos sorprende una vez más con una actualización repentina: la versión 3.1 de la Carta Porte. Aunque la versión 3.0 apenas se volvió obligatoria hace unos meses, ya es hora de decirle adiós. Pero qué es la Carta Porte y por qué es tan importante?
Para los que no están familiarizados, la Carta Porte es un complemento fiscal obligatorio para el traslado de bienes y mercancías dentro de México. Este documento es esencial para acreditar la legitimidad de los bienes transportados y debe incluir información detallada sobre el origen, destino y medio de transporte utilizado. Es aplicable a todos los contribuyentes que realicen transporte de bienes por vías terrestres, marítimas, aéreas o ferroviarias.
¿Cuándo dejará de emitirse la Carta Porte 3.0?
La versión 3.0 de la Carta Porte dejará de emitirse el 16 de julio de 2024, a menos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decida emitir una prórroga de última hora.
¿Qué cambios trae la nueva Carta Porte 3.1?
El SAT ha publicado los nuevos catálogos e instructivos de llenado en su minisitio y página web. Aquí te presentamos un resumen de las principales adaptaciones:
- Comercio Exterior: Se han realizado modificaciones para mejorar la identificación del tipo de operación y especificar la naturaleza de las mercancías.
- Régimen Aduanero: Ahora es posible registrar hasta 10 tipos de regímenes aduaneros.
- Fracción Arancelaria: Ahora es opcional y debe corresponderse con la descripción de los bienes transportados.
- Actualizaciones en Campos: Se han actualizado las descripciones de los campos CveMaterialPeligroso y FolioImpoVUCEM.
- Identificación Vehicular: Se actualiza la descripción del campo PesoBrutoVehicular.
- Contenedor: Se agrega un nuevo nodo llamado RemolquesCCP.
Representación Impresa:
- Se agrega la estructura para el nodo Regímenes Aduaneros.
- Se ajusta la estructura del nodo RemolquesCCP dentro del nodo Contenedor.
- Se incluye un código QR.
Novedades en la versión codificada:
- Aumenta el total de caracteres para los prefijos, pasando de 70 a 74.
¡Mantente al día con estas actualizaciones para asegurar el cumplimiento y la legitimidad de tus operaciones de transporte!
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Fundamento Legal:
Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.
Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024:
- Sección 2.7.7. De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte
- Subsección 2.7.7.1. Disposiciones generales
- Reglas: 2.7.7.1.1., 2.7.7.1.2., 2.7.7.1.3., 2.7.7.1.4. y 2.7.7.1.5.
- Reglas Generales de Comercio Exterior: 1.9.11., 2.4.2., 2.4.3., 2.4.12., 3.1.15., 3.1.32., 3.1.33. y 4.6.8.