Seamos optimistas y comencemos como lo bueno:
- Se implementará un plazo de gracia para desvirtuar o corregir irregularidades detectadas por las autoridades, previo a que estas, cancelen los sellos digitales de los contribuyentes.
- Se elimino la obligación para los asesores fiscales de registrarse ante el SAT.
- Se elimino la propuesta para la retención del ISR a los vendedores por catálogo.
- Quienes compren o vendas facturas falsas, serán sancionados de dos a nueve años de prisión.
- Cuando el delito anterior sea cometido por un servidor público, este será destituido e inhabilidado para desempeñar cargos públicos.
- Serán sancionados como miembros de la delincuencia organizada quienes comentan contrabando.
- Se equipará como delincuencia organizada, la defraudación fiscal por operaciones inexistentes que superen los 7.8 millones de pesos.
Ahora, pasemos con lo malo:
- Los legisladores no pudieron con las plataformas digitales extranjeras a las cuales ante el incumplimiento de sus obligaciones fiscales «iban a suspenderles temporalmente la conexión», pero resulto que siempre no.
- Se instaura la regla general anti abusó de las deducciones, la cual permite al SAT discernir las operaciones que carezcan de razón de negocio de un contribuyente y recarterizarlas como no deducibles.
- Se implementa el criterio de oportunidad para informantes de delitos fiscales.
- Se prevé que en 2021, los asesores fiscales tendrán que reportarle al SAT, los esquemas que generen o puedan generar la obtención un beneficio fiscal a los contribuyentes.
- Quien venda por catalogo tendrá que inscribirse en el RFC.
- Para combatir la evasión de impuestos que se lleva a cabo a través de la subcontratación, tanto las personas físicas como las morales, tendrán que retener el 6% del IVA que les trasladen las outsourcing.
Ahora solo nos resta esperar su publicación en el Diario Oficial.
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