En México, la tradición esotérica y las prácticas místicas han florecido a lo largo de los siglos. Desde las antiguas culturas prehispánicas hasta la influencia moderna, estas prácticas han prosperado, especialmente en lugares emblemáticos como el Mercado de Sonora en la Ciudad de México y el enigmático Catemaco, en Veracruz.
La creciente crisis económica en México ha llevado a un inusual auge en la industria de la brujería y la hechicería. La inestabilidad social, el desempleo y los cambios económicos desorbitantes han impulsado a millones de personas a buscar soluciones en prácticas esotéricas.
FACTURACION DE SERVICIOS DE SANACIÓN
En un giro sorprendente, los contribuyentes mexicanos ahora pueden solicitar comprobantes fiscales, buscando hacer deducibles los servicios de herbolaria, tratamiento con algas o aguas termales, limpias, amarres, adivinaciones, lecturas de cartas, entre otros.
Y es que el Servicio de Administración Tributaria recientemente agregó a su catálogo de productos y servicios, los trabajos de brujos, hechiceros, curanderos, chamanes, practicantes de vudú y trabajos con energías.
¿SE PUEDEN DEDUCIR ESTOS SERVICIOS?
Para responder esta incógnita revisemos los requisitos generales de las deducciones:
- Que sean estrictamente indispensables.
- Esten amparadas con el comprobante fiscal
- Que el IVA se traslade de forma expresa.
- Que los pagos superiores a $ 2,000.00 se efectúen mediante TEF, TDC, TDD, etc.
- Que estén debidamente registradas en la contabilidad.
Queda claro que con las modificaciones planteadas por el SAT, ahora podemos solicitar factura por estos servicios, y que la factura deberá tener el IVA desglosado, si el precio del servicio es inferior a $ 2,000.00 podemos pagar con efectivo, nuestro contador puede registrar la operación en nuestra contabilidad sin ningún problema, pero… la parte de estrictamente indispensable es muy subjetiva.
Pues una persona puede considerar que es muy necesario hacerse una limpia para que a su negocio le vaya bien, mientras que otros consideran que esta es una practica de gente ignorante.
Deducciones personales
Si eres una persona física, actualmente en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales por salud:
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Análisis y estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Honorarios a enfermeras.
- Seguros de gastos médicos, y
- Honorarios médicos, dentales, servicios de nutrición, terapia psicológica, prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Y es aquí, estimado lector donde tenemos un problema, pues la mayoría de los hierberos, sanadores, curanderos, brujos y chamanes no cuentan con un título profesional que los respalde, pese a que la acupuntura, imano terapia, herbolaria mexicana y practicas afines, se imparte en centros educativos.
CONCLUSIÓN
Como está redactada la ley actualmente es muy difícil deducir estos servicios como gastos personales en el rubro de salud, dado el nulo reconocimiento de estas prácticas por parte de las autoridades educativas mexicanas.
Respecto a su incorporación como gastos generales en la contabilidad, queda a discreción de la autoridad considerar que era necesario liberar de malas vibras el centro de trabajo para que los empleados pudieran laborar a gusto.
Por lo que se espera que para la declaración del 2023 que se presenta en abril de 2024, se hagan las modificaciones correspondientes a la ley, lo anterior, con base al principio conocido como simetría fiscal, que postula que mientras una persona realiza una erogación y la hace deducible para fines fiscales, la otra persona que recibe el pago la acumula como un ingreso para efectos fiscales.
Así que la próxima vez que te sometas a tratamientos herbales, curaciones con algas o con fuentes termales, o una limpia, no olvides solicitar una factura. Con un poco de magia tal vez la legislación cambie y podamos deducir sin problema estos servicios.
Fuentes:
https://www.sat.gob.mx/articulo/66653/articulo-147
https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales
https://idconline.mx/fiscal-contable/2021/02/15/simetria-y-asimetria-fiscal
https://www.radioformula.com.mx/economia/2023/8/4/los-brujos-facturan-asi-puedes-deducir-servicios-de-hechiceria-ante-el-sat-774711.html
https://www.forbes.com.mx/los-brujos-ya-no-solo-curan-los-brujos-facturan-sat/