IMPUESTO SOBRE EROGACIONES

Pese a que los municipios de Ecatepec y Naucalpan son unos de los peores lugares para vivir en el país, el Estado de México es la entidad que atrae a más connacionales para radicar en su territorio; algunos de ellos emprendedores, los cuales, por los sueldos, salarios y prestaciones que pagan a sus trabajadores están obligados al pago del IMPUESTO SOBRE EROGACIONES POR REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL, independientemente si son:

  • Personas físicas,
  • Personas morales, o
  • Asociaciones en participación.

Obviamente, con lo anterior, no parece muy atractivo emprender dentro de territorio mexiquense, sin embargo, si usted:

  • Inicia operaciones en el Estado de México en el 2017,
  • Crea empleos nuevos para trabajadores de 60 años y más, o
  • Genera empleos nuevos para egresados de los niveles técnico y profesional en los años de 2015, 2016 o 2017.

Gozarán de un subsidio del 100% en el pago de este impuesto, también cabe mencionar que no se paga impuesto, por las siguientes remuneraciones:

  • Becas para los trabajadores.
  • Pensiones o jubilaciones.
  • Indemnizaciones por terminación de relación laboral.
  • Indemnizaciones por riesgo de trabajo o enfermedades profesionales.
  • Gastos funerarios.
  • Honorarios por los que se tenga que retener y enterar el IVA.

Las obligaciones anexas al coloquialmente llamado “3% sobre nóminas” son:

  • Inscribirse en el Registro Estatal de Contribuyentes,
  • Determinar y pagar el impuesto mediante declaración mensual durante los primeros 10 días del mes siguiente en que se hayan causado,
  • Llevar registros contables que identifiquen los pagos de este impuesto, y
  • Conservar la documentación comprobatoria durante 5 años.

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