DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A FAVOR

Normalmente una devolución debería efectuarse dentro del plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad, esto de conformidad con el artículo 22 del CFF. Sin embargo, el SAT presume que las devoluciones automáticas llegan de siete a catorce días hábiles.

Así que, si presentaste tu declaración, obtuviste saldo a favor y al 31 de julio aún no llegan los fondos a tu cuenta, es posible que las autoridades fiscales, detectaron alguna incongruencia o inconsistencia en tu declaración, por lo que se detuvo o se canceló tu devolución.

Por si no sabías, cuando una persona recibe su devolución, es porque ya fue revisada su declaración anual, es decir, todo saldo a favor auto determinado por el contribuyente, es verificado por la autoridad hacendaria antes de enviar los fondos a su cuenta bancaria.

SI AL 31 DE JULIO, “LOLITA” NO TE DEVUELVE

PRIMERO, debes revisar si tienes una notificación en tu buzón tributario, en donde el SAT te hubiese requerido alguna aclaración respecto a la información presentada, documentos, datos o informes para efectos de corroborar el saldo a devolver. Porque, si no atiendes en tiempo y forma los requerimientos de la autoridad, se tendrá por desistida tu solicitud de devolución.

Entre otros, estos son los motivos más comunes, por lo que son detenidas las devoluciones automáticas:

  1. No declaraste “todos” tus ingresos.
  2. Tu patrón no enteró los impuestos que te retuvo a ti y a tus compañeros.
  3. Tus recibos de nómina tienen datos erróneos.
  4. Los CFDI´s que quieres deducir, no cumplen con todos los requisitos de ley.
  5. Los CFDI´s que buscas deducir, no están en la base de datos de Hacienda.
  6. La CLABE no corresponde a una cuenta bancaria a tu nombre.
  7. El SAT te tiene como contribuyente no localizado.
  8. Tienes operaciones con contribuyentes en la lista negra del SAT.
  9. No firmaste tu declaración anual.
  10. Estas solicitando la devolución automática, por saldos a favor superiores a los 150 mil pesos.

SEGUNDO, consulta el estado que guarda tu devolución automática de Impuesto Sobre la Renta de personas físicas, solicitada en tu declaración anual, ingresando a la página:

https://www.sat.gob.mx/consultas/60336/consulta-tu-devolucion-automatica-2021

Y espera el plazo indicado o presenta la declaración complementaria, solventando los errores detectados por la autoridad.

TERCERO, cuando efectivamente proceda la devolución y no exista requerimiento alguno de la autoridad tributaria, te recomendamos acudir con un Contador por asesoría, pero si eres una persona valiente, no dispuesta a regalarle dinero a un Contador, puedes solicitar tu dinero a través de una “devolución manual”, un proceso más complejo y menos habitual, que legalmente es hacer uso de tu derecho a solicitar el pago de lo indebido.

Para ello, empieza a digitalizar tus deducciones personales y una vez terminado el proceso, ingresa a la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/24016/solicita-tu-devolucion   y sigue las instrucciones.

Se paciente, espera la respuesta del SAT y prepárate a entregar digitalizados los datos y documentos que “Justino Morales” te va a solicitar, como pueden ser: copia de tu título y cédula profesional, carta de tu patrón confirmando que efectivamente laboras para él; credencial de trabajo, registro ante el IMSS, contrato de trabajo que ampare tu labor de 2021.

Finalmente, si todo falla y crees tener la razón y la documentación de tu lado, acude a la PRODECON, por apoyo legal.

Si requiere apoyo estamos a sus órdenes.

Servicios Fiscales y de Facturación.

Contabilidad, Nóminas e Impuestos.

 

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