Luego de darse a conocer que ayer un tribunal concedió a una de las principales filiales de Pepsico México una suspensión temporal frente a la obligatoriedad del complemento Carta Porte impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Marcelo Flores, socio de LBM México, aclaro que:
“Esta medida se concedió para que la filial de Pepsico pueda hacer deducible los fletes que sean contratados y que estos no cuenten con el complemento Carta Porte, pero esto no exime al transportista de cumplir con la disposición”.
Además, “tomando en cuenta que esta es una suspensión provisional y no una definitiva, puede ser que sea revocada la misma, sin embargo, si después de 1 o 2 años se niega el amparo, entonces la empresa que lo promovió y consideró deducibles aquellos fletes sin el complemento Carta Porte, tendrá que presentar declaraciones complementarias quitando esas deducciones”, precisó Marcelo Flores.
Sobre el tema, cabe mencionar que durante rueda de prensa, Raquel Buenrostro titular del SAT comentó que:
Hay registrados dos amparos de empresas contra el complemento de Carta Porte, sin embargo “no serán procedentes por la forma en qué se presentaron. Vamos a ganar, en qué sentido, siempre el interés público está por encima del interés general y la forma en qué presentaron los amparos es incorrecta.”
EL CASO PEMEX
En la conferencia también se toco el tema sobre las empresas subrogadas que trabajan con Petróleos Mexicanos y que no se han apegado a la nueva norma que las obliga a informar de los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen y puntos intermedios.
“Las empresas que transportan bienes de Pemex, seguramente también trasladan huachicol y contrabando, entonces Pemex aún no tiene bien amarrado el tema por la resistencia interna de migrar a la Carta Porte y esto impide homologar sus sistemas con todos los de sus proveedores y prestadores de servicios”, aseveró Raquel Buenrostro jefa del SAT en conferencia de prensa.