FACTURAS VERSIÓN 3.3

Muy estimados clientes y amigos.

Como ya debe ser de su conocimiento, a partir del 1 de julio del presente año, entro en vigor la versión 3.3 de la facturación electrónica, la cual será obligatoria a partir del 1 de diciembre (salvo las nuevas formalidades previas a la cancelación de comprobantes, que entraran en vigor hasta el 1 de enero del próximo año).

Los cambios de estos nuevos comprobantes fueron sustanciales, pues se eliminaron 40 atributos de la versión 3.2 y se añadieron 20 nuevos, los cuales en algunos casos, generan nuevas cargas administrativas derivados de los datos que hay que incorporar.

Así que para que se vayan dando una idea de lo que se avecina, a continuación les enlisto los datos que deberán contener los comprobantes que emitan a partir del 1 de diciembre de 2017:

Fecha de expedición, del comprobante.
Código Postal, de su domicilio fiscal o sucursal.
RFC, tanto de quien expide, como de quien recibe el comprobante.
Régimen fiscal, en el que ustedes están tributando.
Moneda, utilizada pera expresar el precio de los bienes o servicios que ofrecen.
Uso del CFDI, que le dará su cliente (generalmente adquisición de bienes o gastos en general),
Forma de pago, es decir, cual fue el medio de pago: cheque, depósito, trasferencia, tarjeta de crédito,
Método de pago, los cuales pueden ser en una sola exhibición o en parcialidades.
Clave del producto o Servicio, el cual permitirá identificar inequívocamente los productos o servicios que ampara el comprobante.
Clave de unidad de medida estandarizada, congruentes a los productos enajenados o servicios prestados.
Impuestos, trasladados o retenidos que correspondan a la operación que se este efectuado.
Tasa o Cuota, que corresponda a cada impuesto.
Cantidad y Valor unitario, de los bienes o servicios prestados.
Importe total en número y letra de la transacción.
El Folio asignado por el SAT.
El Sello Digital del SAT, y por último su
Certificado de Sello Digital personal, tramitado previamente ante el SAT.

Si, sus operaciones son de comercio exterior, su comprobante adicional mente deberá contener:

Aduana, por la cual entro la mercancía.
Pedimento aduanal, que ampare la importación de los bienes.
Patente aduanal, de quien efectúo los tramites de despacho aduanero.
País, de residencia del extranjero con quien se esta haciendo negocios.

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