MULTA POR NO TENER HABILITADO EL BUZÓN TRIBUTARIO

 

Hola, empecemos por lo básico:

¿Qué es el Buzón Tributario?

Es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, que tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

A través del Buzón los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que les realice el SAT.

¿Quiénes están obligados a habilitarlo?

El uso del Buzón Tributario es obligatorio para todos los contribuyentes inscritos en el RFC, para las personas morales inició la obligación, el 30 de septiembre de 2020 y para las personas físicas fue a partir del 30 de noviembre de 2020.

Para las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o suspendidas; habilitar el Buzón Tributario es opcional.

Así mismo, las personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos tendrán la opción de habilitar o no, el Buzón Tributario.

Obviamente las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

¿Como se habilita el buzón tributario?

Registrando como medios de contacto para recibir avisos electrónicos, notificaciones y mensajes de la autoridad:

  1. Un correo electrónico, y
  2. Un número de teléfono celular

Una vez que hayas registrado cualquiera de estos medios, la autoridad fiscal te enviará por única ocasión, un aviso de confirmación para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de tu buzón tributario.

Si tienes dudas sobre cómo habilitar o actualizar tu buzón tributario puedes solicitar ayuda de la PRODECON, marcando al: 55 12 05 90 00 en la Ciudad de México y 800 611 0190 Lada sin costo en el interior del país; o bien, a través de su Chat en línea: www.prodecon.gob.mx

¿Cuál es la multa por no activar el Buzón Tributario?

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 86-C del CFF, no habilitar el buzón tributario o no mantener actualizados los medios de contacto es una infracción por parte de los contribuyentes, la cual los hace acreedores a una multa que puede ir desde los $ 3,420.00 a los $ 10,260.00

Si necesitas ayuda con la habilitación o actualización de tu buzón tributario. Contáctanos.

Además, recuerda que, con tu contabilidad, nóminas e impuestos, podemos ayudarte.

Somos: Serviciosfyf.com

 

 

 

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