¿PRESTÓ SERVICIOS A MÁS DE UN PATRÓN EN EL 2016?

¡¡Usted tiene hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual!!

Lo anterior de conformidad con el inciso C, de la fracción III del artículo 98 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente para el ejercicio 2016.
Antes de presentar su declaración y determinar su impuesto anual, le recomendamos que reúna la siguiente documentación:

PRIMERO.- La constancia anual de ingresos y retenciones emitida por cada uno de sus patrones, o en su defecto la totalidad de recibos de nómina digitales que le expidieron en el 2016.

SEGUNDO.- Los comprobantes fiscales de sus gastos por:

· Honoraros médicos.
· Honorarios a cirujanos dentistas y odontólogos.
· Servicios hospitalarios.
· Análisis Clínicos.
· Adquisición o renta de aparatos de rehabilitación.
· Prótesis.
· Primas por seguros de gastos médicos
· Intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
· Aportaciones voluntarias a la subcuenta de retiro.
· Adquisición y aportación a planes personales de retiro.
· Donativos a organismos autorizados.
· Colegiaturas y transporte escolar.

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