Muchas personas se preguntan constantemente si una casa intestada se puede vender o comprar… Y NO, NO SE PUEDE, porque la persona a cuyo nombre se encuentra dicha propiedad ya ha muerto.
Sin embargo, legalmente, existe una opción denominada “Venta de Derechos Sucesorios”, que consiste en que una vez que hayan sido nombrados los herederos y se determine la porción que le toca a cada uno, los mismos pueden vender esos derechos a quien desee comprar el inmueble, para que a su vez, este continúe los trámites sucesorios.
Pero empecemos por el principio. ¿Que es una propiedad intestada?
Se define que una casa está intestada, cuando el dueño no dejó un documento en el cual se indique la persona que debe heredar la propiedad, o cuando existiendo dicho documento, no se incluyó el inmueble en cuestión.
Aunque las viviendas intestadas pueden parecer una excelente oportunidad al tener precios de venta hasta 50 por ciento más bajos que las regulares, existen varios factores a considerar antes de concretar la adquisición, como que:
Para poder arreglar una casa intestada, se debe acudir a un notario y solicitar una sucesión intestamentaría.
Solamente los familiares legítimos del fallecido pueden participar en dicho juicio intestamentario.
Los juicios pueden durar hasta dos años.
Es necesario tener la suficiente liquidez, para dar un enganche inicial que va del 15 al 20 por ciento del valor del inmueble, antes de iniciar este tipo de movimientos legales.
No se puede usar ningún tipo de crédito para su compra, es decir, que la operación se tiene que hacer en riguroso contado.
Todos los costos de los trámites legales corren por la cuenta del interesado.
PROCESO DE SUCESIÓN INTESTAMENTARÍA.
Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, la Ley suple su voluntad y como consecuencia determina quienes son las personas que tienen derecho a heredar el patrimonio del de cujus.
El Código Civil determina que tienen derecho a heredar, por sucesión legítima, los descendientes, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y el o la cónyuge, quienes deben iniciar el trámite “Sucesorio Intestamentario” el cual puede llevarse ante Notario.
Resulta importante hacer constar que una sucesión testamentaria se denuncia, y que:
Si muere el padre y aún vive la madre, esta está obligada a proporcionar el acta de defunción de su pareja, el acta de matrimonio donde se compruebe que estuvieron casados, el acta de nacimiento de los hijos o de las personas que deseen reclamar la herencia y el documento que dé legalidad de la titularidad de la propiedad.
En el caso que no hayan contraído matrimonio, se puede reclamar por la vía de la sucesión entre concubinos.
Si ambos cónyuges están fallecidos, sus descendientes están obligados a presentar ambas actas de defunción y los archivos previamente enunciados.
Por último, sobre nuestro cuestionamiento inicial: ¿Se pude comprar una casa intestada, aplicando un Crédito INFONAVIT?
LA RESPUESTA ES NO, puesto que el INFONAVIT solo otorga créditos para la adquisición de inmuebles totalmente libres de gravámenes y con papeles en regla.
La adquisición de casas intestadas es solo un buen negocio para aquellas personas que pueden desembolsar un enganche inicial y financiar un juicio durante dos años, antes de tener la posesión del inmueble.