INFORMACIÓN DE SOCIOS Y ACCIONISTAS, AVISO AL SAT

Socios Serviciosfyf.com

Los libros sociales, son aquellos que nos permiten conocer los movimientos de una sociedad, ya sean sus acuerdos principales, la salida o entrada de algún socio, incremento de su capital social, compra venta de activos, adquisición de acciones, en fin, es prácticamente es un registro de la historia  financiera y administrativa de la empresa.

La obligación de llevar estos los libros se encuentra regulada por el Código de Comercio y esta correlacionada con la Ley General de Sociedades Mercantiles.

De estos libros sociales, el LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONISTAS se está tornando de vital relevancia, dado que  a partir del 1 de enero de 2020, surge una nueva obligación para las Personas Morales, la cual está plasmada en el artículo 27 apartado B fracción VI del Código Fiscal de la Federación y que consiste en que las personas morales, deban de dar aviso al SAT, de las modificaciones o incorporaciones de nuevos socios o accionistas a la entidad, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto.

Al respecto de estos 30 días, el artículo cuadragésimo sexto transitorio  de la Resolución Miscelánea para el 2020, nos otorga la siguiente facilidad: “Por única ocasión, se permite que las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC podrán presentar dicha información a más tardar el 30 de junio de 2020”.

Así las cosas estimado lector, si uno de sus Socios no está empadronado en el Registro Federal de Contribuyentes, hágalo, solo necesita contar con el CURP actualizada del socio e ingresar a la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/28753/obten-tu-rfc-con-la-clave-unica-de-registro-de-poblacion-curp

Y si necesita actualizar su libro de accionistas ante el SAT, debe presentar un aviso a través de un «caso de aclaración», ingresando en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente.

Para el cumplimiento a este último precepto, le sera necesario adjuntar el documento protocolizado y digitalizado en el que se muestren los cambios en la tenencia accionaria.

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES, INFORMACIÓN DE ACCIONISTAS AL SAT

Información de socios y accionistas

1.- ¿En qué consiste esta nueva obligación?

En presentar un aviso al RFC, a través del cual se informen el nombre y la clave en el RFC de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos.

 

2.- ¿Quién debe presentar el aviso?

Los representantes legales de las personas morales o los mismos socios.

 

3.- ¿Se debe presentar este aviso, si no se han tenido movimientos accionarios?

No, siempre y cuando el SAT tenga los datos de los socios actualizados.

 

4.- ¿Qué procede si la información de los socios no está actualizada?

La persona moral, deberá actualizar la información de sus accionistas antes del 30 de junio, o 30 días después del ingreso o salida de un socio, o de la modificación de la estructura accionaria.  

 

5.- ¿Qué sucede si no se presenta en tiempo el aviso?

Los omisos se harán acreedores a una multa que va de los $3,470.00 a $10,410.00, y se les restringirá temporalmente su Certificado de Sello Digital (CSD), con posibilidad de que este sea cancelado de no corregirse la omisión.

 

6.- ¿Cómo se presenta el Aviso?

Ingresando a la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente.

Siguiendo las indicaciones de la ficha: 295/CFF

 

7.- ¿Qué documento debo adjuntar al trámite?

Escritura protocolizada y digitalizada en el que consten las modificaciones, así como la incorporación de sus socios o accionistas.

 

8.- ¿También se deben reportar los datos de socios extranjeros y los movientes accionarios de esos?

Si, en cualquiera de los dos supuestos.

 

9.- ¿Qué procede cuando uno de los socios falleció y aun esta en proceso el juicio sucesorio?

Se deberá esperar a que concluya la sucesión testamentaria, para incorporar al o a los nuevos socios. Y a partir de ahí, se tendrán 30 días para presentar el aviso.

 

10.- ¿Las sociedades y asociaciones civiles deben cumplir con esta obligación?

Dado que el  artículo 25 del Código Civil Federal, señala que ambas entidades son personas morales, nosotros sugerimos que se presente el aviso para evitar sanciones, pese a que formalmente el SAT solo nos ha aclarado, que los Colegios de profesionales están obligado a ello.

 

 

EL SAT CONTRATACA

Serviciosfyf
Raquel Buenrostro, jefa del SAT

 

El pasado martes 23 de junio, Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria, informo que se presentará un primer paquete de denuncias contra 43 empresas que realizaron operaciones simuladas por 93 mil millones de pesos, operaciones que causaron un daño al erario público por 55 mil 125 millones de pesos, beneficiando a 8 mil contribuyentes, a los que se les enviará una carta a través del buzón tributario “invitándolos a regularizarse”

A su vez, Carlos Romero Aranda, procurador fiscal, especifico que las denuncias se presentarán por los delitos de defraudación fiscal y lavado de dinero, es decir, por delincuencia organizada. Y que habrá querellas contra los contribuyentes beneficiados que no se regularicen.

Así las cosas, estimado lector, si usted tiene operaciones con alguna de estas 43 empresas, empiece a preocuparse, por delincuencia organizada, la prisión preventiva es oficiosa, hay decomiso de bienes y la pena es de 13.5 años de prisión.

 

Lista Negra
Lista Negra del SAT

Sobre la posibilidad de que: “Paguen justos por pecadores “

 

En la emisión de facturas falsas, el SAT cuenta con los mecanismos para detectar claramente cuando alguien actúa de buena fe o cuando lo hace de manera recurrente, aseguró Héctor Vázquez Luna, administrador general de Recaudación.

En este punto, “se distinguen perfectamente bien aquellas empresas que abren simplemente para facturar. Son redes de personas que constituyen empresas con el único fin de defraudar al fisco, no tienen infraestructura, no tienen personal, incluso su domicilio puede ser utilizado por más de una empresa”, aseguró.

 

 

29 DE AGOSTO, FECHA LÍMITE PARA EL REPARTO DE LAS UTILIDADES

Reparto de utilidades
Serviciosfyf.com

Estimados lectores, como ya deben saber, el pasado 22 de abril el Servicio de Administración Tributaría publico su comunicado de prensa 012/2020, mediante el cual amplía el plazo para la presentación de la  declaración anual de las personas físicas, plazo que concluye el próximo 30 de junio.

En concordancia a esta facilidad, las personas físicas que presenten su declaración anual hasta el último día de la ampliación y que además cuenten con personal a su cargo, deberán de efectuar el reparto de la P. T. U. del ejercicio fiscal 2019 a más tardar el 29 de agosto del 2020.

Comunicado de prensa: SAT extiende plazos.

 

 

 

 

 

EL GANSO NEGRO

“Necesitamos un nuevo modelo Económico”

Después de que Donald anunciara las medidas a adoptarse en USA para frenar la pandemia, las acciones de Wall Street bajaron un 12%, pues si la gente no puede viajar, ir al cine, comer en restaurantes, reunirse en bares, etcétera, resulta obvio que se desacelere la economía local. Y si a esto la sumamos las medidas tomadas por otros países, no es raro que la demanda de combustible y  vuelos se haya desplomado en todo el mundo.

Y como cuando tu enemigo se tambalea, es tiempo de pagarle más fuerte, Arabia Saudí pretende producir más de 13 millones de barriles diarios, obligando así a  que  baje el precio del petróleo a menos de  20 USD por barril, y en estos tiempos que la demanda de crudo se ha frenado (por la pandemia), se podría colapsar el mercado petrolero a nivel mundial, pues si bien es cierto que el costo para extraer un barril en Arabia Saudita es de $ 10.00 y de Rusia de $ 18.00,  para la mayoría de los exportadores occidentales de petróleo, para que el negocio sea rentable, necesitan que el barril se cotice en mínimo 50 USD.

Por lo que muchas “pequeñas empresas” van a quebrar, y los banqueros se van a quedar sin a quien cobrar y el dinero especulativo va a volar, generalmente para refugiarse en Bonos del Tesoro de USA, pero a últimas fechas los rendimientos de estos han caído a 0.50%. Así que muchos “inversionistas” deberán preguntarse a donde mover su dinero.

Pero como siempre, cuando muchos pierden, alguien tiene que ganar, y el ganador podría ser la India, cuya pujante industria podría reducir sus costes fabriles hasta en un 20%, mientras dure la petro guerra.

En fin, siguiendo los viejos modelos económicos la FED ha bajado las tasas de intereses al 0% y está imprimiendo billetes verdes, buscando que USA no entre en franca recesión, ¿lo lograran, o ya valió…?

 

¿Alguna idea para sortear la próxima recesión mundial?

LO BUENO Y LO MALO DE LA REFORMA FISCAL PARA EL 2020

Seamos optimistas y comencemos como lo bueno:

  • Se implementará un plazo de gracia para desvirtuar o corregir irregularidades detectadas por las autoridades, previo a que estas, cancelen los sellos digitales de los contribuyentes.
  • Se elimino la obligación para los asesores fiscales de registrarse ante el SAT.
  • Se elimino la propuesta para la retención del ISR a los vendedores por catálogo.
  • Quienes compren o vendas facturas falsas, serán sancionados de dos a nueve años de prisión.
  • Cuando el delito anterior sea cometido por un servidor público, este será destituido e inhabilidado para desempeñar cargos públicos.
  • Serán sancionados como miembros de la delincuencia organizada quienes comentan contrabando.
  • Se equipará como delincuencia organizada, la defraudación fiscal por operaciones inexistentes que superen los 7.8 millones de pesos.

Ahora, pasemos con lo malo:

  • Los legisladores no pudieron con las plataformas digitales extranjeras a las cuales ante el incumplimiento de sus obligaciones fiscales «iban a suspenderles temporalmente la conexión», pero resulto que siempre no.
  • Se instaura la regla general anti abusó de las deducciones, la cual permite al SAT discernir las operaciones que carezcan de razón de negocio de un contribuyente y recarterizarlas como no deducibles.
  • Se implementa el criterio de oportunidad para informantes de delitos fiscales.
  • Se prevé que en 2021, los asesores fiscales tendrán que reportarle al SAT, los esquemas que generen o puedan generar la obtención un beneficio fiscal a los contribuyentes.
  • Quien venda por catalogo tendrá que inscribirse en el RFC.
  • Para combatir la evasión de impuestos que se lleva a cabo a través de la subcontratación, tanto las personas físicas como las morales, tendrán que retener el 6% del IVA que les trasladen las outsourcing.

Ahora solo nos resta esperar su publicación en el Diario Oficial.

 

Servicios Fiscales y de Facturación.

Contabilidad, nóminas e impuestos.

 

 

¡JUBILADOS, YA ES POSIBLE RECUPERAR SU AHORRO DEL INFONAVIT!

 

Bajo la bandera: “La Cuarta Transformación llegó a los trabajadores pensionados”

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, ha implementado un programa de devolución de recursos que beneficiara a 282 mil pensionados que nunca utilizaron su crédito de vivienda.

Cabe resaltar, que este programa se hará extensivo a los beneficiarios de quienes ya fallecieron y actualmente reciben la pensión del Seguro Social.

 REQUISITOS PARA BAJAR LOS RECURSOS

Si usted desea tramitar la devolución de estos recursos, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Tener un Número de Seguridad Social (NSS), asignado por IMSS,
    2. Contar con tu Clave Única de Registro de Población (CURP),
    3. Poseer una identificación oficial vigente,
    4. Estar jubilado o ser el titular de la pensión,
    5. No contar con un crédito del Infonavit vigente, y
    6. Tener saldo de tu subcuenta vivienda.

Para saber si los recursos no se han traspasado a tu Afore, llama a Infonatel al 55-9171-5050 en la Ciudad de México, o al 80-0008-3900, desde cualquier parte de la República.

PASOS PARA RECLAMAR TU DINERO DEL INFONAVIT

  1. Ingresa a la página web del Instituto en la sección de solicitud de devoluciones.
  2. Capture su número de seguridad social.
  3. Llene el formulario que aparece en la página.
  4. Conserve su “número de caso” para darle seguimiento a tu trámite.
  5. Elige el Centro de Servicio Infonavit (Cesi) que te quede más cerca y
  6. Agenda una cita en el CESI, para concluir el trámite.
  7. Espera la resolución de tu trámite.

 

Si tiene problemas para pensionarse porque sus derechos no están vigentes.

Contáctenos: [email protected],

Podemos ayudarle.

PRISIÓN POR IMPAGO DE DEUDA EN USA

En el país de las barras y las estrellas, deudas comunes como multas de tránsito, el impago del alquiler de la casa o las facturas de salud vencidas, te pueden llevar a la cárcel, según un estudio de la BBC.

En la Unión Americana, cada año se emiten decenas de miles de órdenes de arresto contra “ciudadanos norteamericanos” por deudas que van desde los USD $ 28.00, según estudios de la Unión Estadounidense de Libertades Civiles.

Lo cual debería de ser preocupante si consideramos que el endeudamiento de los consumidores estadounidenses llegó a un nuevo récord de 4 billones de dólares, el mayor nivel en la historia de ese país, lo que significa que un adulto promedio tiene más de US$4,000.00 en deuda en sus tarjetas de crédito.

La mayoría de los economistas argumentan que la deuda de los consumidores no es una amenaza inminente para la economía Yankee; menos aun sin consideramos que las tasas de interés están en sus niveles bajos.

Sin embargo, algunos expertos, como el profesor de la Universidad de Harvard, Kenneth Rogoff, advierte que «los créditos de consumo, préstamos automotrices y las deudas educacionales», sumados a una estanflación crónica, van a empezar a dañar el estado de bienestar del pueblo norteamericano.

Y si bien es cierto que al mundo no le debería de importar “The American way of life”, todas las económicas que viven de los consumidores americanos, deberían de estar pensando en donde van a colocar sus mercaderías en un futuro cercano.

 

 

¿Y usted sabe cuál es el estado de su deuda?

Si necesita servicios de contabilidad, estamos a sus órdenes.